domingo, 15 de mayo de 2016

Elección Decano CCEE 2010 - CGU - Rol del decano

Rol del decano
Gobernabilidad y voluntad política

El decano además de las atribuciones expuestas en el Art. 42 de la ley orgánica, tales como hacer cumplir el reglamento y las ordenanzas, autorizar gastos, presidir el consejo, dictar resoluciones, entre otros, a nuestro entender debe cumplir con dos cualidades fundamentales: poseer voluntad política para alcanzar objetivos y asegurar la gobernabilidad.

El decano como líder formal de la facultad debe ser “la punta de lanza” de los procesos de cambio, el generador de propuestas y quien naturalmente tenga facilitados todos los canales de diálogo con los diversos colectivos universitarios. Debe ser el propulsor de las soluciones a las principales inquietudes, sabiendo valorar las ideas por sobre quienes las proponen, logrando de esta forma comprometer a todo el demos. El decano a través de la voluntad política y con el respaldo de la importante legitimidad que le aporta el apoyo de los tres órdenes, es el actor indicado para lograrlo.

Asegurar la gobernabilidad no significa solamente lograr votaciones favorables, o tener una mayoría que apoye todo aquello que sea planteado. Significa que todos nos podamos sentir parte del proceso de decisiones y que con convicción se permita al decano impulsar los cambios que sean necesarios. Es  sentirse que se está ocupando un lugar en el cogobierno  realmente cogobernando y no solamente siendo un mero administrador de decisiones poco claras, más parecido a una reunión de cúpula administrativa que a un consejo de representantes de la política universitaria.

El equipo de decanato debe estar  especializado en los objetivos que se plantee el decano y debe complementarlo en sus principales carencias. No queremos administrativos que le realicen trámites ni secretarios bien remunerados, sino un equipo de trabajo que genere propuestas, que se relacione con el medio, que nos represente en el ámbito académico y empresarial, pero por sobre todas las cosas que sea un continuo nexo con los órdenes procesando sus inquietudes.

  

Elección Decano CCEE 2010 - CGU - Reforma Universitaria

Reforma Universitaria[1]     

En los diversos documentos aportados en los últimos años al debate de la Reforma Universitaria hemos renovado nuestra apuesta al sumarnos a las instancias que la propia UdelaR ha definido, para efectivamente hacer que la Reforma sea efectivamente entre todos.

El anteproyecto con alternativas generado por la Comisión Mixta CDC- AGC no plantea innovaciones de fondo al funcionamiento de la institución, su estructura académica y procesos decisionales. No es todo lo removedor y reformista que podíamos pensar hace un par de años, al iniciarse esta nueva etapa de debate y transformaciones  en la UdelaR. Por ende, creemos pertinente ajustar los términos y hablar de “Actualización” o “mejora” y no de Reforma.

Desde la CGU queremos una nueva LO que pueda romper la inercia institucional y superar los intereses de sectores corporativos que desde dentro de la institución siempre están dispuestos a neutralizar los cambios y las reformas.
Apostamos a que la actualización del marco normativo, permita a nuestra UdelaR situarse de la mejor manera ante los desafíos que el mundo actual le impone a nuestra sociedad. Estos implican la necesidad de lograr nuevos acuerdos y consensos para avanzar hacia una educación concebida como bien público, focalizada en educar individuos que formen una sociedad integrada e integradora, que enfrente la fragmentación y exclusión social dando herramientas de formación de ciudadanía, pensamiento crítico y fortalecimiento democrático: una educación de calidad y pertinencia, para todos a lo largo de toda la vida, vinculada al mundo del trabajo, la producción y el desarrollo humano sustentable.

La UdelaR en el sistema educativo
Es muy valioso el avance cualitativo de que la Universidad no se reconozca como el único actor sino como uno más dentro del subsistema publico de educación terciaria, explicitando la voluntad de generar una movilidad estudiantil hacia los distintos niveles y desde diferentes marcos institucionales.

Esto reafirma nuestra convicción de que es necesaria una Ley de Educación Superior o Ley Universitaria que complemente las disposiciones sobre educación terciaria y universitaria de la Ley de Educación vigente, a fin de potenciar las articulaciones entre los distintos actores públicos y privados del sistema e implique una apuesta a garantizar calidad, equidad y pertinencia en la formación terciaria y universitaria.  En caso de existir una Ley Universitaria la UdelaR podría tener como marco normativo base su propio Estatuto Universitario y no tener que esperar que el parlamento apruebe su ley orgánica, lo cual potenciaría su autonomía.[2]

El cogobierno universitario
Nuestra UdelaR (como las universidades públicas latinoamericanas cogobernadas en general) presenta un déficit de gobernabilidad, entendida como la capacidad de articular un proyecto institucional y de llevarlo a la práctica.
Principalmente vemos como consecuencias, la carencia de planificación y concreción de objetivos claros y practicables, y una clara aversión a la evaluación tanto externa como interna, llevando a la merma de la calidad educativa.

Actualmente nos encontramos con un cogobierno alejado de los cogobernados. Maneja su propio idioma, sus propias siglas, sus códigos e interpretaciones de la realidad, que poco ayudan a la fácil comprensión de todos -alejandose del concepto clásico de democracia- transformándose en el cogobierno de los cogobernantes. Uno de los cuestionamientos importantes que debemos realizarnos, es en cuanto a la efectiva participación de los universitarios en los procesos de discusión que en la mayoría de los casos pecan de endogámicos.

Una salida que hace años viene planteando la CGU[3] es la realización de plebiscitos sobre los temas fundamentales, y llevando a elección directa al Rector, los decanos y los integrantes del Consejo Directivo Central como una corrección al déficit democrático reinante.

En el marco de la discusión general sobre la integración de los órganos de dirección de la Universidad y sus servicios, es clave poner a consideración la paridad de órdenes o al menos igualar la cantidad de delegados de los docentes y los estudiantes. Sobre los egresados no es tan claro que deba mantenerse su actual representación y la proporción de la misma, teniendo como principal cuestionamiento su alarmante ausentismo electoral y sus altísimos porcentajes de voto en blanco y anulado de unas cuantas elecciones universitarias a esta parte. Es el orden que presenta mayor  “lejanía” de los temas universitarios de todos los días y en muchos de los casos –no tan común en nuestra facultad- sus representantes son entrados en años, más cerca de configurar un orden de “Jubilados universitarios” que de vinculación con la sociedad y los sectores productivos.
De todas formas es importante recalcar que no queremos centrar la discusión en el mero reparto de poder.

Salida de la disyuntiva
“El consenso no es un objetivo sino una aspiración. Es una posibilidad que puede concretarse a partir del ejercicio analítico reflexivo durante el debate de las ideas. Si se concreta mucho mejor. Pero lo fundamental en una reforma universitaria radica en la mutua comprensión de las visiones divergentes, puesto que llegará un momento en que unos deberán hacer, ejecutar y llevar adelante lo que en principio no estaban enteramente de acuerdo. Sin ellos - también - no hay reforma posible. Por eso es que el consenso no es lo prioritario, salvo que se esté asumiendo desde un inicio la debilidad de los planteos propios. O como ha sucedido más de una vez se recurre a este procedimiento donde el veto funge como alternativa para imponer visiones endebles y por lo general minoritarias”. [4]

En el camino hacia concretar una propuesta universitaria de reforma de la ley expresamos nuevamente que el mejor gesto respecto al cual la Universidad puede hacer pesar su postura ante el parlamento es hacer pasar su propuesta por la legitimidad de los ordenes a través de un plebiscito universitario. Tanto para saldar las “alternativas” sobre los artículos con dos o más propuestas como para ratificar un proyecto consensuado.

Carrera Docente

En consonancia con lo planteado desde los ámbitos de discusión a nivel central de la UdelaR y con lo discutido en nuestra facultad[5], vemos de suma importancia el tránsito hacia la profesionalización de nuestro personal docente.
Una adecuada correlación entre grados y dedicación, con exigencias y responsabilidades asignadas a cada caso permitirán una mejor evaluación y coordinación de las funciones asignadas.
Además el espíritu de aplicación de una continua evaluación y actualización de los saberes docentes no hace más que ser coherente con el proceso de cuestionamiento que está teniendo nuestra casa de estudios.
La transparencia y los procedimientos bien claros llevados a cabo en los concursos y claros mecanismos de promoción incentivarán el crecimiento cualitativo y cuantitativo de nuestros docentes.
Nuestra duda se sigue planteando en cuanto a los perfiles y la exigencia de determinadas funciones según grado, exigiendo la enseñanza por sobre todas las cosas. A su vez, los grados siguen teniendo un dejo de estructura piramidal que con una inadecuada combinación de dedicaciones, podría perpetuar el sistema actual de forma solapada.
Vemos que muchos de los cambios que se quieren llevar a cabo son impulsados desde facultades con un alto porcentaje de dedicaciones totales y con un fuerte perfil académico, que muestran una tendencia a las altas dedicaciones y a la generalización de los posgrados en las planillas docentes como un camino natural. Debemos tener bien presente que a nuestro servicio le va a costar muchos años ir hacia ese rumbo del cual no estamos tan  seguros de que sea necesariamente conveniente en una facultad como la nuestra.



[1]  Sección  basada en el documento “Comentarios de CGU-Corriente Gremial Universitaria sobre el Anteproyecto con alternativas de Nueva Ley Orgánica de la Universidad de la República” – Mayo 2010
[2]  Documento de CGU “Aporte de la CGU hacia la nueva ley orgánica de la Universidad de la República”. – Julio 2008
[3]  Documento ”22 años de militancia en la Universidad” – CGU, 2005
[4]  Parte final  del documento “Mitos y desencuentros de la reforma universitaria” del grupo de egresados Alternativa Universitaria, agosto 2009
[5]  Documento realizado en la comisión de Carrera Docente del consejo (2009) y Anexo  de “Propuesta de Plataforma de ADUR CCEE”, Junio 2010 


Elección Decano CCEE 2010 - CGU - Introducción

Introducción

El siguiente documento fue elaborado dentro  del proceso de discusión para la elección del decano de la Facultad de Ciencias Económicas y de Administración (período 2010-2014). Sin embargo no pretende ser una plataforma puntual para esta instancia, sino que surge como una “instantánea” o foto de la visión de la CGUCiencias Económicas en el momento.

Como colectivo perteneciente al demos universitario y en particular por nuestra participación en el cogobierno dentro del orden estudiantil, vemos como fundamental la presentación de nuestras posturas con respecto a diversos temas, que a nuestro entender deben ser parte de la agenda del próximo decanato.

El orden estudiantil debe tomar el protagonismo al que tantas veces le ha sido esquivo, por falta de incentivos, falta  de voluntad política y falta de espacios de discusión, pero que siempre ha estado desprovisto de otros intereses que no contribuyeran a la mejora de la calidad educativa, el relacionamiento con el medio, la generación de conocimiento y el desarrollo del país productivo.


De ninguna manera se presenta como una visión exhaustiva y acabada de los quehaceres de nuestra facultad y de la UdelaR, apenas pretende ser una contribución al debate, un planteamiento de inquietudes, una mirada con otro perfil, que exceda el micro clima del cogobierno, colándose de esta forma en el debate cotidiano. A lo largo de todo el documento hacemos un particular énfasis en la necesidad de que los debates, discusiones y transformaciones necesarias se procesen liberados de prejuicios y con la mayor apertura posible. 

martes, 10 de mayo de 2016

Informe de resultados de examen sobre información financiera prospectiva

Informe de resultados de examen sobre información financiera prospectiva 



1) Concepto del Trabajo Profesional:


Estados Prospectivos son proyecciones que hace el ente con relación a las cifras futuras que espera tengan sus estados contables (ESP y ER). ´
Proyecciones es distinto de presupuestos. 

Los elementos que el responsable de la preparación de información prospectiva tiene en cuenta son generalmente datos históricos de diferentes rubros o partidas de los EC, estimaciones derivadas de proyecciones esperadas para el período y la aplicación de determinados supuestos de comportamiento de ciertas variables. 

La información prospectiva de un determinado ente es preparada por éste y por lógica la responsabilidad de la información así como de los supuestos y criterios aplicados le corresponde al emisor (Titular) de la información. 

El auditor asume determinadas responsabilidades vinculadas con la evaluación de los supuestos sobre los que se apoyan las proyecciones efectuadas así como sobre la razonabilidad de las estimaciones y del modelo de proyección aplicados. 


2) Normativa Local:


- Pronunciamiento 5 CCEAU
- Pronunciamiento 18 CCEAU
- Norma Internacional sobre Compromisos de Seguridad (NICS) 3.400

3) Normativa Internacional



 NICS 3.400: ¨Mejores estimaciones¨, supuestos razonables, información adecuadamente compilada y expuesta. 

Aceptación del trabajo: Rechazo si supuestos son no realistas o proyecciones para utilización inadecuada. 
Conocimiento del negocio. 

4) Informe:

¨los contenidos usuales¨: Título, destinatario, fecha de cierre de los procedimientos, dirección y firma del auditor. 

Aceptación del trabajo: Rechazo si supuestos son no realistas o proyecciones para utilización inadecuada. 

Papeles de trabajo básicos.

Informe Profesional de trabajos para atestiguar

Informe Profesional de trabajos para atestiguar


Conceptos Generales sobre el trabajo profesional: 

- Seguridad Razonable 
- Seguridad Limitada

El informe profesional a emitir: 

Debe ser escrito y contener una clara expresión de la conclusión del Cr. Público sobre la información del asunto principal. 

No hay formato estándar
Dos Opciones:
1) Formato Largo
2) Formato Breve 

El mismo debe incluir:

a) Título 
b) Destinatario
c) Asunto Principal  
d) Criterios de Evaluación o medición 
e) Limitaciones
f) Uso restringido
g) Parte responsable
h) Declaración de que el trabajo se realizó de acuerdo con la normativa
i) Resumen del trabajo realizado 
j) Conclusión 
k) Fecha
l) Firma y Lugar. 

Sobre la conclusión:
Seguridad Razonable - Conclusión positiva. 
Seguridad Limitada - Conclusión negativa. 

Informe de Resultados de Aplicación de Procedimientos Previamente Acordados

INFORME DE RESULTADOS DE APLICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS PREVIAMENTE ACORDADOS:


1) Concepto del Trabajo Profesional:


Consisten en la realización de procedimientos acordados, los que tienen por objetivo permitir al profesional informar acerca de los resultados de los hallazgos de los procedimientos convenidos, no expresando seguridad alguna. 

- Pronunciamiento número 15 del CCEAU 

Aplicar determinados procedimientos de auditoría sobre elementos específicos de la información contable, sin contratar o acceder a trabajos profesionales globales de auditoría. 

2) Normativa Local:


- Pronunciamiento 5 CCEAU
- Pronunciamiento 18 CCEAU

Normas Relativas a la persona:

- Cumplir el código de ética.
- No se exige independencia. 

Normas Relativas al trabajo:

- Carta de entendimiento / compromiso 
- Planear adecuadamente su trabajo 
- Documentar los asuntos importantes 
Normas Relativas al informe:

1) Título del informe. 
2) Destinatario del informe. 
3) Identificación de la información a la que se han aplicado los procedimientos aplicados. 
4) Especificación de que los procedimientos aplicados fueron los acordados. 
5) Especificación de que el trabajo fue llevado a cabo de acuerdo al P18 y NISR 4400. 
6) Constancia, cuando corresponda, que el Cr no es independiente a la entidad. 
7) Identificación del propósito o fin por el que fueron aplicados los procedimientos acordados. 
8) Detalle específico de los procedimientos acordados
9) Descripción de los resultados de hallazgos. 
10) Declarar que los procedimientos llevados a cabo no constituyen una auditoría ni una revisión y que por ende no se expresa seguridad alguna. 
11) Especificación de que si el auditor hubiera... 
12) Constancia de que el informe está restringido a aquellas partes que han convenido los procedimientos a ser aplicados. 
13) Declaración que el informe no abarca los EC en su conjunto... Solo una parte... 
14) Fecha 
15) Dirección del auditor 
16) Firma  

Normativa Internacional.
Papeles de trabajo básicos.

Informe de Revisión Limitada - Informes Profesionales

INFORME DE REVISIÓN LIMITADA:


1) Concepto del Trabajo Profesional:


Definición: ¨La revisión limitada consiste en un examen de los EC que, mediante la aplicación de un conjunto determinado de procedimientos, permite al profesional informar acerca de si ha encontrado o no apartamientos significativos respecto de las prácticas y normas contables adecuadas y otros hechos que llegaren a su conocimiento que afecten sustancialmente los EC...¨  

En el trabajo de revisión limitada se puede distinguir claramente un sujeto que realiza la acción, un objeto sobre el cual se aplican determinados procedimientos, una acción del sujeto sobre el objeto y, finalmente, un producto final de dicho trabajo o acción. 

Sujeto: Profesional actuante. 
Objeto: EC 
Acción: Aplicación de un conjunto de procedimientos. 
Producto Final: Informe de revisión limitada. 

- Permite concluir con un grado de seguridad limitada acerca de la existencia o no de desvíos significativos en la aplicación de las normas contables adecuadas y otras observaciones, si existieran. 

- Debe quedar claro que se trata de tareas menos profundas y extensas que las de un trabajo de auditoría y que también brinda certeza más moderada. 


2) Normativa Local:


- Pronunciamiento 5 CCEAU
- Pronunciamiento 18 CCEAU

Normas Relativas a la persona:

2.1) Poseer título de Cr. Público o Equivalente reconocido en la república.
2.2) Poseer idoneidad técnica y capacidad profesional para efectuar el trabajo. 
2.3) Realizar el trabajo y emitir el informe con el debido cuidado y diligencia profesional. 
2.4) Mantener una posición objetiva e imparcial en la emisión de sus juicios cualquiera que sea su vinculación con los EC que examina. 

Normas Relativas al trabajo del profesional actuante:

Alcance del trabajo. Procedimientos mínimos. 

El profesional actuante es el que va a decidir que procedimientos aplicar, con qué profundidad y en qué oportunidad. Esta precisión dependerá de su particular evaluación del trabajo a realizar y de su propia responsabilidad para asumir la tarea. 

Se intentará un conocimiento general del ambiente de control existente, pero, a diferencia de en la auditoría, no se harán pruebas.

a) Actividad económica y prácticas del ramo o actividad. 
b) Marco Jurídico y decisiones de los representantes. 
c) Esquema organizativo y prácticas aplicadas 
d) Cotejo de información con los registros
e) análisis de relaciones contables u otras 
f) Criterios contables aplicados
g) Hechos posteriores
h) Declaración de la dirección del ente
i) Informes de asesores 
j) Procedimientos adicionales 

Normas referidas al informe de revisión limitada: 

a) Lugar, fecha de emisión y destinatario del informe. 

b) Identificación de los EC examinados 

c) constancia de que los EC representan afirmaciones de la dirección del Ente

d) Si correspondiere, constancia de que en los EC no se ha tenido en cuenta el efecto que producen los cambios en los niveles de precios motivados por la inflación. 

e) Constancia de que la revisión limitada fue efectuada de acuerdo a las normas establecidas en la presente resolución y que no se ha efectuado un examen de acuerdo a normas de auditoría generalmente aceptadas. 

f) Constancia de que, en consecuencia, no se emite opinión sobre si los EC presentan razonablemente la situación patrimonial y los resultados de la entidad, de acuerdo con normas contables adecuadas. 

g) Manifestación de que no tiene observaciones significativas que formular o en su defecto mención de las mismas y cuantificación de su efecto en los EC cuando sea aplicable. 

h) Manifestación de la relación del profesional actuante con el ente cuyos EC ha examinado. 

i) Firma del Cr. actuante. 

j) Mencionar abstención / incumplimiento de requisitos mínimos... 

3) Normativa Internacional

(Comentar)

ANEXO:
Papeles de trabajo básicos.