Presentación y depósito de las Cuentas Anuales.
Los administradores de una compañía
tienen 3 meses desde el cierre del ejercicio para formular las cuentas anuales.
Esta formulación de cuentas deberá
ser sometida a su aprobación por parte de la Junta General dentro de los seis primeros
meses desde el cierre del ejercicio contable y una vez aprobadas las cuentas
por la Junta General, se deberán llevar al depósito en el Registro Mercantil en
los 30 días siguientes a su aprobación.
Formulación de cuentas hasta
31/3.
Aprobación por la Junta
general hasta30/6
Depósito en el Registro
Mercantil 30/7
No hay comentarios:
Publicar un comentario