domingo, 26 de abril de 2015

Tributaria 1 - Legislación y Técnica Tributaria - Práctica 2 - Sociedad de Hecho

Resumen fue elaborado para la preparación de un examen. 
El mismo NO es oficial ni está avalado por la cátedra.
Revisar, ya que puede tener errores.

Práctica 2: Sociedad de Hecho.

1) Identificar según el tipo de empresa cuales son Rengas Gravas (RG) y cuales Rentas No Gravadas (RNG)

Rentas Gravadas son para este tipo de empresas las que combinan Capital y Trabajo. 

A) Bienes de Cambio:

Artículo 31 del Título 4.
Artículos 80 a 83 Decreto 150/07

Costo de Ventas: Existencia Inicial + Compras - Existencia Final. 

* Las compras contables y Fiscales deberían de ser iguales. 
** Comparo y ajusto. 


Materia Prima:
Numeral 4 – Art. 42 – Dec 150/07 – Gasto admitido. 

B) Publicidad: 

Artículos 19 y 20 del Título 4: Genéricos de Gastos. 
Artículo 42 BIS del Decreto 150/07: Específico para publicidad. 

- Publicidad con empresas contribuyentes de IRAE: 100% deducibles. 

- Topes: 

a) 2% de los ingresos brutos del Ejercicio 
b) 20% del total de gastos de publicidad que deban ser computados por el prestador como RG. 

* Los topes son para los gastos en publicidad que no entran en A
* El tope del 20% es sobre lo gastado en A. 

C) Donaciones

Artículos 79 y 80 del Título 4
Artículos 67 a 70 BIS del Decreto 150/07

D) Deudores Incobrables: 

Artículo 29 del Decreto 150/07

1) Quiebra, liquidación judicial o concurso. 
2) Concordato
3) Procesamiento del deudor por insolvencia fraudulenta. 
4) Cheque sin fondos + Denuncia + Trabado embargo. 
5) 18 meses del vencimiento del adeudo. 
6) Situaciones análogas a las anteriores. 


E) Ingresos Brutos Fiscales:

1 - Ventas 
2 - Resultados Diversos
3 - Diferencia de Cambio Ganada 
4 - Intereses Ganados 

F) Coeficiente de IRAE para el próximo ejercicio: 

IRAE / Ingresos y otras rentas brutas que originan RG. 

G) Provisiones y Previsiones:

Previsiones: Gasto NO Admitido. 
Provisiones: Gasto Admitido. 

H) Gastos indirectos: 

Financieros: 

1 - Diferencia de Cambio 
2 - Intereses Perdidos 
3 - Otros Gastos Financieros Admitidos

(1 + 2 + 3) * % AGRNG 

"saco todos los GDRG" 

No Financieros: 

GAV Ajustados fiscalmente, menos GDRNG * % de las RNG en los IBF 



sábado, 25 de abril de 2015

Tributaria 1 - Legislación y Técnica Tributaria - Práctica 1 - Empresa Unipersonal

Resumen fue elaborado para la preparación de un examen. 
El mismo NO es oficial ni está avalado por la cátedra.
Revisar, ya que puede tener errores.

Práctica 1 : IRAE de una Empresa Unipersonal.

1) Identificar según el tipo de empresa cuales son Rengas Gravas (RG) y cuales Rentas No Gravadas (RNG)

Rentas Gravadas son para este tipo de empresas las que combinan Capital y Trabajo. 

A) Ingresos

a1: Honorarios Profesionales: Renta Pura de Trabajo. 
a2: Renta por alquiler de inmueble: Renta Pura de Capital.  
a3: Patente Industrial: Renta Pura de Capital. 
a4: Servicios Prestados en Perú: Renta Pura del Trabajo pero de Fuente Extranjera.

* Ver cuadro de liquidación de IRAE. Se marcan como puras de trabajo pero se restan luego. 

a5: 
Los gastos son deducibles si:
1) devengados 
2) necesarios para obtener y conservar las rentas del IRAE
3) debidamente documentados
4) Contra parte (regla candado) 

- En este caso no cumple con la regla de lo devengado. 
Artículo 16 - Inciso 4 : Principio de lo devengado. 

B) Costo de Ventas: 

Contribuyentes Literal E: No cumplen la regla candado (No deducibles - Alta IRAE). 

Renta Mundial

Para descontar: (% de Renta Mundial / 0,25 IRAE) 

* No tomo IRNR porque es renta mundial. 

C) Gastos de Administración y Taller: 

Artículo 24 del Título 4: Gastos No Admitidos
- Gastos personales del titular de la empresa 
- Sanciones por infracciones fiscales (otras infracciones sí)
- IRAE, IP, ICIR

Rentas No Gravadas
Intereses obtenidos por tener los fondos de capital de trabajo depositados en un banco local, son renta bruta gravada porque son rentas afectadas al giro de la empresa. 





Contabilidad Superior / Teoría Contable Superior - Normas de Exposición

Este resumen fue elaborado para estudiar para el examen. 
El mismo NO es oficial ni está avalado por la cátedra.
Revisar, ya que el mismo puede tener errores.

Nic 8: Cambios en Políticas, cambios en las estimaciones contables y errores:

Alcance de la NIC 8
La NIC 8 es la norma que se aplica al seleccionar una política contable, contabilizar cambios en una política contable y realizar cambios en las estimaciones y errores. 

Políticas Contables

Las políticas contables son principios, bases, convenciones, normas y prácticas específicas adoptadas por una entidad al preparar y presentarlos estados financieros. 

Errores

Los errores son omisiones y otras declaraciones erradas en los estados financieros de una entidad.
- Períodos anteriores 
- Se descubren en el período en curso 
- Estaban disponible en el período anterior
- Sería razonable haberlos considerado en el período anterior. 

Forma de corregir los errores

- La entidad corregirá los errores materiales de ejercicios anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados financieros formulados después de haberlos descubierto. 
- Re expresando la información comparativa para el ejercicio o ejercicios anteriores en los que se originó el error. 
- Si el error ocurrió con anterioridad al ejercicio más antiguo para el que se presenta información, re expresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio neto para dicho ejercicio. 

* Revelar información sobre errores (en notas?). 

Selección de una política contable

Nic 8 exigencias : 2 situaciones : 
1) Cuando se aplica / interpreta una NIIF 
2) No existe NIIF : Admin aplica su juicio - Información Fidedigna y relevante. 

* Uniformidad de políticas contables 

Cambios en políticas contables

Se permite que se realicen cambios en las políticas contables solamente si el cambio:
- Es requerido por una norma o interpretación 
- el cambio provee información confiable y más relevante. 

1) Procedencia del cambio
Aplicación de una norma o interpretación 
Contabilización:
De acuerdo a las disposiciones de la norma. 

2) Procedencia del cambio: 
Aplicación de una norma o interpretación que no incljuya disposición específica o transitoria aplicable a tal cambio 
Contabilización:
Retroactiva mente

3) Procedencia del cambio: 
Voluntario. 
Contabilización:
Retroactiva mente


Definiciones: 

Aplicación Retroactiva: aplicar una nueva política contable como si ésta se hubiera estado aplicando siempre. 

Re expresión Retroactiva: corregir como si no se hubiera cometido nunca. 

Materialidad: depende de su influencia en las decisiones económicas tomadas por los usuarios de los estados financieros. 

Estimaciones:

Porque es necesario hacer estimaciones? 

Producto de las incertidumbres inherentes a las actividades comerciales muchas partidas de los estados financieros no pueden ser medidas con precisión, sino que solo pueden ser estimadas. 

Que es una estimación? 

Aproximación basada en las ultimas informaciones fidedignas. 

Ejemplo de estimaciones: 

- Deudores incobrables 
- Obsolescencia de inventarios 
- Valor de mercado de activos financieros 
- Vida útil.  

Cambios en las estimaciones contables: 

Cambio en un estimado de contabilidad es el ajuste de la cantidad cargada de un activo o pasivo, o de los gastos relacionados, resultantes de la re-valoración de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones esperadas con ese activo o pasivo. 

Los cambios en estimaciones contables se reconocerán de forma prospectiva incluyendo el resultado para el ejercicio contable corriente (y siguientes) y ajustando la partida del activo, pasivo o patrimonio del ejercicio en que tiene lugar el cambio.   

Derecho Tributario - Preguntómetro - Tema 6

Este preguntómetro fue elaborado para estudiar para el examen. 
El mismo NO es oficial ni está avalado por la cátedra. El mismo es una recopilación de preguntas y temas de exámenes de años anteriores. Revisar, ya que el mismo puede tener errores. 

Tema / Bolilla 6 :

34) El acto de determinación tributaria: definición, casos en los que procede, determinación sobre la base cierta y la base presunta. 

Definición: (Art 62 del CT) 

La determinación es el acto administrativo que declara el nacimiento de la obligación tributaria y su cuantía. 

Casos en los que procede: (Art 65 del CT)

a) Cuando la ley lo establezca (determinación de oficio)
b) Cuando las declaraciones no sean presentadas 
c) Cuando no se proporcionen en tiempo y forma las reliquidaciones, aclaraciones o ampliaciones requeridas. 
d) cuando las declaraciones y reliquidaciones aceptadas expresa o tácitamente ofrecieren dudas relativas a su veracidad o exactitud. 

Los puntos b, c y d son determinaciones excepcionales, por incumplimientos o infracciones. 

Determinación sobre la base cierta y sobre la base presunta

Sobre la base cierta: cuando el fisco conoce con certeza el hecho y los valores imponibles. 

Si el contribuyente carece de las bases mínimas para liquidar el tributo se va a ir a la estimación sobre la base presunta, es decir, se deberá inducir la existencia y cuantía de la obligación mediante presunciones. 

Artículo 66: reglamentación de la estimación de oficio

Existe imposibilidad de conocer de manera cierta y directa los hechos previstos por la ley como generadores del tributo en los casos (admiten prueba en contrario): 
1 - Inexistencia / no exhibición de los registros contables o la documentación. 
2 - La contabilidad se aparte de los principios y normas. 
3 - La contabilidad y la documentación difieren de la realidad. 

La determinación presunta podrá fundarse en

1 - Coeficientes o relaciones comprobados por la administración 
2 - Porcentaje de operaciones documentadas vs porcentaje de operaciones no documentadas. 
3 - Valuación de inventario vs inventario declarado 
4 - Control de las operaciones y promedio sobre lo no controlado 
5 - Cualquier hecho debidamente comprobado. 

Se debe fundamentar la aplicación del criterio. 

35) Facultades de la Administración (Art 68 del CT):

La Administración dispondrá de las más amplias facultades de investigación y fiscalización y especialmente podrá: 

a) Exigir la exhibición / comparecencia ante la autoridad administrativa
b) Intervenir documentos / tomar medidas de seguridad 
c) Incautar dichos libros y documentos 
d) Practicar inspecciones 
e) Requerir informes a terceros / comparecencia 
f) Solicitar la constitución de garantías 
g) intervenir o incautar los bienes muebles.

Se le atribuyen a la administración facultades investigadoras, de control y comprobación, que implican penetrar en la esfera privada de los individuos. 

* Bancos no - Tributos aduaneros sí. 

Los deberes de la administración serían los derivados de los principios constitucionales relacionados con el respeto de los derechos individuales. 
Otro deber sería pronunciarse en las peticiones y recursos. 

36) Repetición del Pago: procede la devolución de tributos recaudados por la DGI cuando el contribuyente alega error en la determinación (Arts 75, 76 y 77 del CT):

Si partimos del concepto de que la obligación tributaria consiste en una prestación, cuando se efectúa la misma por error o indebidamente, debe habilitarse a quien la realiza a obtener la devolución de la suma pagada. 

Repetición del pago: la solicitud deberá presentarse ante la oficina recaudadora correspondiente. 

Deberá individualizar: 
a) Pago que la motiva 
b) Disposiciones legales en las que se funda 
c) Importe reclamado 

Condiciones: 
* Régimen de compensación: inexistencia de adeudos con el mismo sujeto activo. 
* Caducidad: 4 años desde la fecha que pudieron ser exigibles (se suspende por gestión administrativa) - períodos mensuales desde el pago. 
* N/A para el IVA: el sujeto pasivo que no ha soportado el pago no debe beneficiarse con el reintegro. 

Ver:
Art 317 constitución. 
Intereses

[ Repaso ]
Créditos con el estado: 

A favor del contribuyente: 
- 4 años desde el momento que pudieron ser exigibles 
- Períodos mensuales 
- Desde el pago 
- Interrupción y Suspensión 

Contra el contribuyente: 
- 5 años contados desde el fin del año civil del hecho gravado 
- 10 años si hay fraude o delito 
- Interrupción y suspensión 

37) Consulta vinculante: Efectos de su planteamiento. Posibles actitudes de la administración y sus consecuencias (Arts 71 - 74 del CT):

Consulta Vinculante: El contribuyente plantea un problema directo, personal, real y actual, da todos los antecedentes de hecho necesarios para resolver el caso. 

Posibles actitudes de la administración y consecuencias: 
a) Comparte el criterio del contribuyente: queda vinculado 
b) Rechaza: puede impugnar 
c) Silencio: el contribuyente puede aplicar su solución sin incurrir en responsabilidades y si la administración toma resolución posterior contra su tesis, recién ahí empezaría la obligación de pagar el suplemento. 

Consecuencias (Efectos de la resolución):

a) Los cambios de criterio deberán ser notificados y tendrán efecto hacia adelante. 

Plazo: la oficina se expendrá dentro del plazo de 90 días. 

Requisitos
a) Interés personal y directo 
b) Situación de hecho, real y actual. 
c) Exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación que motiva la consulta. 
d) podrá expresar su opinión fundada. 

* Las consultas NO vinculadas, la administración puede contestarlas o no, quedando vinculadas solo en caso de respuesta afirmativa. 


jueves, 23 de abril de 2015

Contabilidad Superior / Teoría Contable Superior - Marco Conceptual

Este resumen fue elaborado para estudiar para el examen. 
El mismo NO es oficial ni está avalado por la cátedra.
Revisar, ya que el mismo puede tener errores.

1) Que es el Marco Conceptual y Que objetivos Persigue? 

Que es:
- Es la teoría oficial de la contabilidad 
- No es un pronunciamiento ni una NIC 

2) Principios que guían el MC: 

- Principio de lo devengado 
- Principio de Empresa en Marcha 

3) Características cualitativas de la información: 

1. Comprensibilidad: inteligible - usuarios conocedores de negocios y de contabilidad / temas complejos y relevantes no debe ser excluida. 

2. Relevancia o Materialidad: con respecto a las necesidades de toma de desiciones de los usuarios. 

3. Confiabilidad: libre de errores materiales, es imparcial, imagen fiel de lo que pretende representar / vs relevancia / Presentación fiel + sustancia antes que la forma + neutralidad + prudencia + integridad. 

4. Comparabilidad: una empresa a través del tiempo, distintas empresas. 

Limitaciones a una información contable relevante y confiable: oportunidad, equilibrio entre costo y beneficio. 

4) Elementos de los Estados Contables

- ESP: 
Activo 
Pasivo 
Patrimonio
- ER:  
Pérdidas 
Ganancias 

- EOAF 
- Notas 
- Estados complementarios 

1) Activo: 
- recurso controlado por la empresa 
- Resultado económico de acontecimientos pasados 
- Se espera obtener un beneficio futuro 

* Ver definición y reconocimiento de un activo. 

2) Pasivo: 
- Obligación presente de la entidad 
- Surgida a raíz de sucesos pasados 
- Al vencimiento de la cual, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos que incorporan beneficios 

* Ver reconocimiento de un pasivo. 

La empresa debe presentar sus activos y pasivos corrientes y no corrientes como categorías separadas dentro del balance. 

3) Patrimonio: 
Es la parte residual de los activos de la entidad una vez deducidos todos sus pasivos. 

4) Ingresos: 
Incrementos en los beneficios económicos durante el período contable. 
Aumento de Activos / reducciones de pasivos (Aumenta Patrimonio - N/A Aportes) 

Incluye:
- Ingresos ordinarios: ventas, honorarios, intereses, dividendos, regalías y alquileres.  
- Otras ganancias: Vta de activos no corrientes, revaluaciones, etc. 

5) Egresos:
Opuesto a ingresos. 

Incluye:
- Egresos o Gastos: actividades normales, CV, salarios, Amortizaciones. 
- Otras pérdidas: incendio, inundación, enajenación de activos no corrientes, etc. 

* Ver: reconocimiento de un gasto.  

[ Marco Conceptual - Apuntes Andrula ]

Posibles usuarios de la información contable: 
- Inversores presentes y potenciales
- Acreedores financieros 
- Personal de la empresa 
- Proveedores y clientes 
- Administradores públicos y sus organismos.

Objetivo de los Estados Contables:

- Suministrar información acerca de la situación patrimonial, desempeño (resultados) y cambios en la posición financiera de una empresa, que sea útil a una amplia gama de usuarios, para la toma de decisiones económicas. 

- Los estados contables no suministran toda la información que estos usuarios puedan necesitar para la toma de decisiones económicas, porque reflejan principalmente los efectos financieros de hechos pasados y no contienen necesariamente información distinta de la financiera. 

Hipótesis contables fundamentales: 

- Base de lo devengado: los hechos se reconocen en los estados contables cuando ocurren y no cuando se genera el flujo de efectivo.  


- Empresa en marcha 

Modelos Contables:

Un modelo es una representación simplificada de la realidad. 

Un estado contable es un modelo que se define a través de 4 criterios básicos: 

- Unidad de medida: Moneda del país - Inflación 
- Capital a mantener: Capital financiero o monetario / Capital físico o capacidad productiva. 
- Criterios de valuación de activos y pasivos: Costo Histórico, Costo Corriente, Valor Realizable, Valor Presente. 
- Concepto de realización de ganancia: Asociada a una transacción - Cambio en los Valores de Activos o Pasivos.