viernes, 24 de julio de 2015

Derecho Comercial - Derecho concursal

Resumen de las clases de Derecho Comercial. Apuntes de clase. Clases plan 90. 


Derecho concursal


Los concursos pueden ser:
-          Voluntarios: pedido por un socio
-          Necesarios: pedido por un No socio

Participan en el concurso los órganos:
-          Síndico interventor
-          Junta de acreedores
-          Comisión de acreedores
-          Juez

La regla es que los concursos van a ser dirimidos por el juzgado letrado de primer o segundo turno.

El síndico o interventor lo designa al juez y puede ser un profesional universitario o… ¿?

La junta de acreedores se integra por todos los acreedores, es presidida por el juez y va a decidir si designa o no acreedores (3).

Para poder declararse en concurso la ley exige determinados presupuestos. 

Presupuestos son:
-          Objetivos: estado de insolvencia.
-          Subjetivos.

Son excepciones (significa que no pueden ir a concurso) el estado, los entes autónomos, los gobiernos departamentales, las entidades de mediación financiera (bancos).

También, en algunos casos admitidos por la ley se puede concursar una herencia (obviamente de una persona física).  
1 – Cuando la herencia halla sido puesta a beneficio de inventario.
2 – Cuando declarado en concurso el acreedor este hubiera fallecido antes de terminado el proceso.



Hay presunciones de insolvencia absolutas y relativas. 



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