jueves, 23 de julio de 2015

Derecho Comercial - Presentación

Resumen de las clases de Derecho Comercial. Apuntes de clase. Clases plan 90. 

DERECHO COMERCIAL

El derecho comercial son un conjunto de normas que rige, regula las relaciones jurídicas de la actividad económica y como la actividad económica cambia constantemente el derecho comercial también lo hace.
Lo que la hace muy dinámica a esta asignatura es que la sociedad avanza, evoluciona, al igual que sus necesidades y por lo tanto las regulaciones lo hacen.

El derecho comercial como materia jurídica comienza en la baja edad media (donde la sociedad estaba dividida en estratos -  clero, nobleza y tercer estado - dentro del tercer estado se incluía la burguesía), que es cuando empieza a haber comercio, comercio como interacción entre oferta y demanda.
El surgimiento del derecho comercial está muy relacionado con la revolución comercial, las ferias de champaña y todo eso…

El derecho comercial eran reglas para regular el comercio (normalmente de los bienes muebles) creado por los comerciantes y era muchas veces subjetivo, y mucho menos formal de lo que es ahora.

Luego, el derecho comercial va cambiando. En su inicio el derecho comercial regulaba solamente la actividad de la clase comerciante. Después de la Revolución Francesa con las leyes Napoleónicas se abolen las clases y se define y regula el comercio. Napoleón crea el primero código de comercio como normas juntas en un mismo libro, de hecho, el actual código de comercio se baza en el creado por Napoleón.

La Revolución Francesa fue la revolución de la burguesía, algunos economistas vieron una relación entre la burguesía y el derecho comercial. "Derecho Comercial como derecho de los economistas".

El Derecho Comercial es, entonces, un ámbito del derecho privado que tiene por objeto principal regular relaciones jurídicas vinculadas a la actividad mercantil y actividad económica. Dentro de la actividad mercantil se incluye la industria, por eso podemos decir que el derecho comercial es casi "derecho económico".

Actividad mercantil es un concepto muy amplio. Se incluyen fábricas, servicios, empresas de construcción, etc.
No toda actividad económica es actividad comercial, pero cada vez la intersección es más amplia.

Fuentes del derecho son fundamentalmente la ley. La costumbre no es fuente del derecho a no ser que la ley lo exprese. Rige el principio de autonomía de la voluntad, cada vez más limitado por la creciente intervención del estado. Esto es, para evitar los abusos que puedan existir.

COMO ESTA REGULADO EL DERECHO COMERCIAL EN NUESTRO PAIS:

El código de comercio (1866) ha sido sustituido o complementado por muchas normas nuevas, siguiendo los fenómenos que fueron surgiendo.

El código de comercio se complementa por:
- En materia de sociedades comerciales: Ley 16.060
- En materia de títulos valores: Decreto de Ley 14701
- En materia concursal: ley 18387, decreto de ley 14412
- En materia bancaria: Ley 15322, ley 16327 y ley 17613.
- En materia aeronáutica existe el código aeronáutico.

El acto de comercio es el pilar histórico del Código de Comercio de 1866.

El artículo 7 del Código de Comercio define quienes pueden adquirir la calidad de comerciante y los actos de comercio y tiene 7 numerales:

El numeral uno dice que es acto de comercio: “toda compra de una cosa para revender o alquilar su uso, en el estado que se adquirió o en cualquier estado”.

Habla de la compra con una intención, con un objetivo (Lucrar en su mas amplio sentido: revender o alquilar su uso), entonces, voy a saber su es un acto de comercio dsp de realizada la compra, hay una dicotomía. El objetivo del lucro es común para todos los actos de comercio. Los actos gratuitos son ajenos a la vida comercial.

Desde el punto de vista económico, el comercio es cuando se produce un intercambio de bienes y servicios entre dos sujetos con fines de lucro. 

Los actos de comercio se clasifican en:

-          Naturales: Implican interposición entre oferta y demanda. Son los únicos que pueden atribuir la calidad de comerciante por su realización como forma de vida, en forma habitual o como medio de vida.
-          Formales o legales: No implican interacción económica. Son actos de comercio porque el legislador los incluyó en la ley. (por ejemplo, bonos, cheques, etc.)

Numeral 2: Todas las operaciones de cambio (de monedas), banco, corretaje (mediación sin intervención en la compraventa de bienes muebles o inmuebles – comisionista), remate (modalidad especial de venta de bienes)

Numeral 3: toda negociación sobre letra de cambio o de plaza (son títulos valores y al portador) o cualquier otro genero de papel endosable.
También se incluyen las acciones de una S.A. (como otros papeles), bonos del tesoro, letras de tesorería, etc. No es un acto natural, nadie se vuelve comerciante por firmar cheques por ej.  

Numeral 4: 4 tipos de empresa:
-          Empresas de Fábrica: empresas manufactureras – organización de recursos humanos y naturales para la elaboración y venta de bienes económicos.
-          Empresas de comisiones: Muy parecido al mandato. Compra a su nombre para terceros. Compra a cuenta de otro. Hace una operación mercantil.
-          Empresa de transporte: De mercadería, por agua, tierra o aire. (El transporte de hombres no es mercadería)
-          Empresa de depósito: Barracas – Vienen mercaderías del exterior y se guardan en un lugar por cierto tiempo.

Numeral 5: Las S.A. cualquiera fuera su objeto. A partir de la ley 16.060 cualquier sociedad sin importar cual fuera su tipo mercantil.

Numeral 6: Los fletamentos, seguros, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo. Se debe a muchas operaciones vinculadas al comercio marítimo, ya que en la edad media el comercio marítimo era el principal.

Numeral 7: operaciones de gerentes, contadores, etc.
Numeral 8: Salarios, convenciones sobre salarios, etc.

(Los numerales 7 y 8  son “muy viejos”) 

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